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- ACTUALIDAD
(08-05-2007)
- Fuente: Carlos Walter Barbarich / La
Capital
- El hecho ocurrió hace 17
años en Venado Tuerto cuando una mujer murió tras dar a luz
- Millonaria condena a un
médico y a un sanatorio por mala praxis
- El fallo judicial en
primera instancia fue apelado, ahora debe resolver la Cámara
venadense
- Un fallo en primera instancia de la jueza María del Rosario
Raies condenó a un médico y a un sanatorio de esta ciudad a
pagar 390.414,56 pesos más intereses por un caso de mala praxis
médica ocurrido el 2 de diciembre de 1990. Félix Bolatti, el
demandante, dijo que “esa suma más los intereses y los
honorarios profesionales elevan el monto del juicio a casi
cuatro millones de pesos al día de hoy”.
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- La medida fue apelada por la defensa de los imputados. Ahora
deberá resolver la Cámara de Apelaciones de Venado Tuerto.
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- Parto complicado.
- Bolatti inicio un juicio por mala praxis ante el Juzgado
Laboral del distrito judicial 3 de Venado. Su mujer, Leticia
Esther Marchetti de Bolatti, murió tras un complicado parto en
1990 aunque su hija logró salvar la vida.
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- En los considerandos del fallo se sostiene que “Leticia
falleció en el Sanatorio de la Mujer de Rosario en forma
circunstancial, y como consecuencia de una intervención a la
que fuera sometida en el sanatorio Castelli de Venado Tuerto por
el cirujano Jorge Vidigh (hoy fallecido)”.
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- “Dislates médicos”.
- La intervención “fue programada e incluso adelantada por
razones que no se le explicaron. La mujer fue del brazo de su
esposo, Bolatti, entró caminando al sanatorio y retornó al
hogar en un féretro luego de los avatares de una serie de
dislates médicos calificables como actos de mala praxis
conformes a los elementos probatorios acumulados en la causa”,
señaló el fallo.
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- La demanda fue hecha contra el médico por ser considerado
responsable directo de la muerte de la mujer y además se
amplió al Sanatorio Castelli por su condición de sujeto pasivo
y solidario de la obligación, ya que responde por la actuación
culposa de los médicos a él vinculados.
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- Tras el infausto hecho, Bolatti comenzó un periplo judicial
de varios años y reclamó lucro cesante material, daño moral y
daño emergente material. Todo ello en concepto de la mala
praxis médica imputable al médico Vidigh, extensivo al
Sanatorio Castelli SRL y que desembocó en el fallecimiento de
su esposa.
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- Placenta no firme.
- De la historia clínica de la víctima surge claramente que la
mujer era portadora de una placenta acreta y no firmemente
adherida como sostenía el médico demandado.
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- La demora en la extracción de la placenta acreta determinó
una abundante pérdida de sangre que obligó a la transfusión
de un litro de sangre fresca. Luego fue enviada la paciente a
una habitación con una enfermera para su control.
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- Diagnóstico errado.
- El médico Vidigh -después del diagnóstico errado- sostenía
que la placenta firmemente adherida se pudo extraer en su
totalidad y que no era necesario hacer una histeroctomía porque
“la superficie endometrio quedó libre, sin restos
placentarios y no sangrante”. No obstante de la historia
clínica surge lo contrario.
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- Del fallo se desprende que “Vidigh debió efectuar la
histeroctomía en el momento de la cesárea cuando advirtió la
existencia de la hemorragia que no se encontraba controlada ni
tampoco la paciente recuperada cuando se la envió con una
enfermera a la habitación para controlar la transfusión”.
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- Olvido.
- Además se fijaron otro tipo de graves irregularidades tales
como “no haber ordenado las peritaciones correspondientes a
los órganos extirpados, falta de autopsia inmediata al
fallecimiento. En este caso no se hizo por olvido del médico”,
remarca el fallo.
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- La mujer, luego de permanecer internada en estado grave en el
Sanatorio Castelli de venado Tuerto fue derivada a un efector
rosarino, aunque llegó prácticamente sin chances de vida.
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- Condena millonaria
.
- En consecuencia el fallo de la jueza Raies hace lugar a la
demanda “condenando a los herederos del codemandado Jorge
Vidigh a abonar la suma de 390.414,56 pesos en concepto de lucro
cesante, daño emergente y daño moral, actualizándose dicha
suma a la fecha de su efectivo pago”.
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- También expresa el fallo que “se extiende la
responsabilidad de pago al codemandado Sanatorio Castelli SRL,
imponiendo las costas a los demandados”.
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- La cifra total a la fecha rondaría los 4 millones de pesos,
dijo el demandante Bolatti, lo que constituye uno de los juicios
más importantes contra un médico y sanatorio privado. “17
años después se hizo justicia”, afirmó el esposo.
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